¿Cuánto puede facturar una SAS? Una SAS no tiene límite de facturación: en el régimen general puede facturar montos ilimitados. El umbral de USD 300.000 al año solo define si tributa en el RIMPE Emprendedor o pasa al régimen general. Si tu facturación creció y la operación se volvió compleja, considera un outsourcing contable que lleve todo al detalle.
Cuánto puede facturar una SAS: no hay un límite
Cuánto puede facturar una SAS no tiene un techo legal. Una SAS en el régimen general puede facturar cualquier monto al año; lo que cambia según tus ingresos no es un permiso para facturar, sino el régimen tributario en el que te toca declarar.
Por eso conviene distinguir dos cosas: el monto que facturas (sin límite) y el régimen que aplica a ese monto (RIMPE o general).
Esta confusión es común porque el RIMPE sí tiene un tope de ingresos, y muchos lo interpretan como si fuera un límite para la SAS. No lo es: cuando superas ese tope, tu SAS sigue facturando con normalidad, solo que ahora declara en el régimen general.
El umbral de USD 300.000 y el RIMPE
El RIMPE es un régimen simplificado para contribuyentes con ingresos de hasta USD 300.000 al año:
| Régimen | Ingresos brutos anuales | A quién aplica |
|---|---|---|
| RIMPE Negocio Popular | Hasta USD 20.000 | Principalmente personas naturales pequeñas |
| RIMPE Emprendedor | Más de USD 20.000 hasta USD 300.000 | Personas naturales y sociedades, incluidas SAS |
| Régimen General | Sin límite (más de USD 300.000 o por elección) | Cualquier SAS |
Qué pasa si tu SAS supera los USD 300.000
Si tu SAS supera los USD 300.000 de ingresos anuales, el SRI la recategoriza automáticamente al régimen general a partir del siguiente ejercicio. No es una sanción: simplemente declaras Impuesto a la Renta con la tarifa de sociedades y mantienes tus obligaciones mensuales.
Obligaciones según cuánto factures
- Toda SAS lleva contabilidad desde su constitución, sin importar cuánto facture.
- Declara IVA (formulario 104) y retenciones de forma mensual.
- Presenta el Anexo Transaccional (ATS) y la declaración anual de Renta.
- Mientras más facturas, más importante es una contabilidad ordenada para no pagar de más.
Ejemplo práctico: tres SAS, tres regímenes
Imagina tres SAS que abrieron el mismo año y facturan distinto. La primera factura USD 18.000: por su nivel de ingresos podría ubicarse en un régimen simplificado. La segunda factura USD 120.000: está dentro del RIMPE Emprendedor, con su tarifa progresiva. La tercera factura USD 480.000: supera el umbral y tributa en el régimen general, sin límite de facturación.
Las tres son SAS y ninguna tiene prohibido crecer: lo único que cambia es el régimen en el que declaran. Por eso la pregunta correcta no es cuánto puede facturar una SAS, sino en qué régimen te conviene estar según cuánto facturas.
Preguntas frecuentes
¿Hay un monto máximo que una SAS pueda facturar al año? No. Una SAS en régimen general puede facturar sin límite; el monto solo define el régimen tributario, no un tope de ventas.
¿Una SAS puede estar en el RIMPE? Sí, si factura hasta USD 300.000 al año puede tributar en el RIMPE Emprendedor; si lo supera, pasa al régimen general.
¿Qué pasa el año en que supero los USD 300.000? El SRI te recategoriza al régimen general para el ejercicio siguiente y declaras con la tarifa de sociedades.
¿Facturar más significa pagar más impuestos? Pagas Renta sobre la utilidad, no sobre las ventas; con buenos gastos deducibles puedes facturar más sin que el impuesto suba en la misma proporción.
Base Legal: LRTI y su Reglamento; normativa del régimen RIMPE del SRI. Verifica en sri.gob.ec.
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