Haber presentado correctamente la declaración del impuesto a la renta.

¿En qué consiste la devolución para personas naturales?
Existen dos casos principales. Primero, la devolución de IVA: los adultos mayores (tercera edad) y las personas con discapacidad pueden recuperar el IVA pagado en sus compras de bienes y servicios, hasta los topes que establece la ley. Segundo, la devolución del Impuesto a la Renta: cuando te retuvieron o pagaste más de lo que correspondía —por gastos personales no considerados, retenciones excesivas o ingresos mal calculados— ese excedente es tuyo y se puede recuperar.
Requisitos para solicitar tu devolución

Beneficios de solicitar tu devolución
- Recuperación de dinero: recuperas el IVA o el impuesto pagado en exceso, mejorando tu liquidez.
- Corrección de errores: se ajustan deducciones o cálculos que te hicieron pagar de más.
- Tranquilidad: el trámite queda bien presentado y respaldado ante el SRI.
- Revisión de tu caso para identificar cuánto puedes recuperar (IVA o Impuesto a la Renta).
- Preparación de la documentación y la solicitud ante el SRI.
- Seguimiento del proceso hasta que el valor sea acreditado a tu favor.
Cifras que nos respaldan
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Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar devolución de IVA?
Principalmente los adultos mayores (tercera edad) y las personas con discapacidad, por el IVA pagado en sus compras, hasta los topes de ley.
¿Cómo sé si me retuvieron Impuesto a la Renta de más?
Si tus gastos personales deducibles fueron mayores a los proyectados o te retuvieron por encima de lo debido, probablemente pagaste de más. En la revisión te lo confirmamos.
¿Necesito firma electrónica para el trámite?
Sí, para el trámite en línea ante el SRI. Puedes obtener tu firma electrónica con EasyKey.
¿Hasta cuándo puedo pedirla?
El derecho a reclamar prescribe en 3 años desde la fecha del pago (Código Tributario). No lo dejes pasar: escríbenos y revisamos tu caso.
¿Quién puede solicitar una devolución?
Pueden solicitarla las personas naturales que pagaron impuestos de más: adultos mayores y personas con discapacidad (devolución de IVA), y quienes —en relación de dependencia o como independientes— tuvieron retenciones o pagos de Impuesto a la Renta en exceso. Si de tu situación resulta un pago en exceso, ese valor es tuyo y se puede recuperar.
Cómo identificamos cuánto puedes recuperar
Revisamos tus comprobantes, tus retenciones y tu declaración del período, y los comparamos con lo que realmente te correspondía pagar. Con eso determinamos cuánto puedes recuperar, preparamos la solicitud y la presentamos ante el SRI con todo el respaldo. Tú solo nos compartes tu información; del resto nos encargamos nosotros.
¿Hasta cuándo puedo solicitar la devolución?
El derecho a reclamar el pago en exceso o indebido prescribe en 3 años desde la fecha del pago (Código Tributario). Presentada la solicitud, el SRI resuelve la devolución de IVA de adultos mayores en hasta 60 días hábiles, y los pagos en exceso de Renta en hasta 120 días hábiles. Si dejas pasar ese plazo, pierdes el derecho a recuperar el dinero, así que conviene revisar tu situación cuanto antes. En EasyTax verificamos si tienes valores a favor de períodos anteriores que todavía estés a tiempo de solicitar, y gestionamos todo el trámite por ti.
¿Cuánto puedes recuperar?
El monto que puedes recuperar depende de tus retenciones y del impuesto pagado en exceso en cada período. Escríbenos por WhatsApp y un contador (CPA) del equipo revisa tu caso y te indica, sin costo, cuánto podrías recuperar y si cumples los requisitos. Ten en cuenta que el derecho a solicitar la devolución prescribe con el tiempo, así que conviene no dejarlo pasar.
Otros tipos de devolución de impuestos
¿Tu caso es otro? También gestionamos la devolución de retenciones de IVA y Renta y la devolución de IVA para exportadores. Si no sabes cuál te corresponde, escríbenos y lo revisamos contigo.