Declaración de impuesto a la renta en Ecuador: las personas naturales la presentan en marzo con el formulario 102 y las sociedades, incluidas las SAS, en abril con el formulario 101, según el noveno dígito del RUC. Se declara sobre los ingresos del año anterior, menos costos, gastos y deducciones permitidas.
¿Qué es la declaración de impuesto a la renta?
La declaración de impuesto a la renta es el resumen anual de tus ingresos gravados menos los costos, gastos y deducciones permitidas. Sobre esa base imponible se calcula el impuesto del ejercicio. En 2026 se declaran los ingresos generados durante el año fiscal 2025.
¿Quién debe presentar la declaración de impuesto a la renta?
No todos declaran igual. La obligación y el formulario dependen de si eres persona natural o sociedad:
- Sociedades y SAS: declaran siempre, exista o no utilidad, con el formulario 101.
- Personas naturales y sucesiones indivisas: declaran con el formulario 102 (o 102A) cuando sus ingresos brutos anuales superan la fracción básica desgravada.
- RIMPE – Emprendedor: declara su impuesto a la renta de forma anual según su régimen.
- RIMPE – Negocio Popular: paga una cuota fija y no presenta el formulario tradicional.
La fracción básica desgravada que define si declaras
Para el año fiscal 2025 (que se declara en 2026), la fracción básica desgravada del impuesto a la renta es de USD 12.081. Una persona natural cuyos ingresos anuales no superan ese valor normalmente no está obligada a declarar, salvo casos específicos. Por encima de ese monto, sí debe presentar el formulario 102.
Formularios y fechas 2026 por noveno dígito
La fecha máxima para presentar la declaración depende del noveno dígito del RUC o cédula. Las personas naturales declaran en marzo y las sociedades en abril de 2026. Si el día cae en fin de semana o feriado, pasa al siguiente día hábil.
| Noveno dígito | Personas naturales (F. 102) — marzo 2026 | Sociedades y SAS (F. 101) — abril 2026 |
|---|---|---|
| 1 | 10 de marzo | 10 de abril |
| 2 | 12 de marzo | 12 de abril |
| 3 | 14 de marzo | 14 de abril |
| 4 | 16 de marzo | 16 de abril |
| 5 | 18 de marzo | 18 de abril |
| 6 | 20 de marzo | 20 de abril |
| 7 | 22 de marzo | 22 de abril |
| 8 | 24 de marzo | 24 de abril |
| 9 | 26 de marzo | 26 de abril |
| 0 | 28 de marzo | 28 de abril |
Gastos personales: la rebaja que baja tu impuesto
Las personas naturales pueden aplicar una rebaja por gastos personales que reduce el impuesto a pagar. La rebaja equivale al 18% del menor valor entre el total de gastos personales y un límite calculado en función de las canastas básicas familiares y del número de cargas.
- Gastos de vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta
- Se sustentan con comprobantes de venta válidos emitidos a tu nombre
- El límite de la rebaja aumenta según el número de cargas familiares
Multas por no declarar la renta a tiempo
Igual que con el IVA, presentar tarde la declaración de renta genera sanciones, según el artículo 100 de la Ley de Régimen Tributario Interno:
- 3% del impuesto causado por cada mes o fracción de retraso, hasta el 100%.
- 0,1% de los ingresos por cada mes cuando no se causa impuesto, hasta el 5%.
- Intereses por mora sobre el saldo pendiente de pago.
Qué necesitas para tu declaración de renta
Antes de declarar, reúne la información del año fiscal. Tener todo ordenado evita errores, declaraciones sustitutivas y multas:
- Comprobantes de tus ingresos y de las retenciones que te efectuaron
- Facturas de gastos personales deducibles, a tu nombre (personas naturales)
- Estados financieros y mayores contables del ejercicio (sociedades y SAS)
- Anexos presentados durante el año (ATS, anexo de relación de dependencia, entre otros)
Preguntas frecuentes
¿Mi SAS declara renta aunque tuvo pérdida? Sí. Las sociedades presentan el formulario 101 todos los años, haya o no utilidad.
¿Trabajo en relación de dependencia, debo declarar? Si tu único ingreso es tu sueldo y tu empleador hizo la retención, normalmente no. Debes declarar si tuviste otros ingresos o más de un empleador.
¿Hasta cuándo puedo declarar sin multa? Hasta la fecha que marca tu noveno dígito (marzo para personas naturales, abril para sociedades). Después corren multas e intereses.
¿Puedo pedir devolución si pagué de más? Sí. Si te retuvieron más de lo debido, puedes solicitar la devolución del pago en exceso del impuesto a la renta.
Base Legal: Ley de Régimen Tributario Interno (arts. 40, 41 y 100) y su Reglamento; Resolución del SRI con la tabla de Impuesto a la Renta del ejercicio 2025 (fracción básica desgravada USD 12.081). Verifica valores y fechas en sri.gob.ec.
Te puede interesar: Plan SAS de contabilidad de EasyTax · Declaración de IVA 2026 · Cómo pagar menos renta con tus gastos personales · Devolución de retenciones de IVA y Renta · ¿Aún no constituyes tu SAS? Hazlo con EasySAS.
¿Tu SAS necesita presentar bien su declaración de impuesto a la renta? Con el Plan SAS de EasyTax (desde $49.99/mes) un asesor contable prepara y presenta tu formulario 101 o 102 a tiempo, con tus anexos y estados financieros. Escríbenos por WhatsApp al +593 99 167 1545 o consulta la normativa en sri.gob.ec.



